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El Colegio recuerda que el informe de Alta Hospitalaria no sustituye….
El Real Decreto 1718/2010 establece que el nuevo modelo de receta médica privada debe utilizarse obligatoriamente para la prescripción de todos aquellos medicamentos o productos sanitarios sujetos a prescripción médica obligatoria. Desde el Colegio de Médicos de Málaga (Commálaga) se aconseja que cuando un informe de alta hospitalaria recoja la medicación prescrita debe especificar que tal documento no puede ser utilizado para la retirada de dicha medicación en farmacia, siendo necesario prescribirla en su correspondiente receta.
A continuación exponemos un modelo de redactado que puede incluirse en los referidos informes:
“La medicación recogida en el presente informe se hace únicamente a efectos de información para el paciente, sin que el presente informe tenga validez para la retirada en farmacia de los medicamentos que requieren prescripción obligatoria (receta). Dicha medicación ha de ser prescrita (recetada) en el correspondiente modelo de receta médica privada, conforme establece el Real Decreto 1718/2010”.