Asesoría Jurídica
La autorización de funcionamiento de consultas debe renovarse cada 5 años
La Asesoría Jurídica del Colegio de Médicos recuerda a los colegiados que la autorización sanitaria de funcionamiento debe renovarse cada cinco años, previa solicitud presentada dentro de los tres meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de vigencia de dicha autorización de funcionamiento. La renovación debe ir acompañada de una declaración responsable en la que conste que el centro, servicio o establecimiento cumple con los requisitos exigidos en la normativa vigente que le sea de aplicación, para lo cual el órgano competente podrá acordar, si lo estima conveniente, la correspondiente visita de inspección.
El formulario de solicitud es estándar tanto para las clínicas que lo solicitan por primera vez como para aquellas que simplemente hacen una renovación como es su caso, debiendo para ello marcar la opción de RENOVACIÓN.
En principio, para instar la renovación únicamente tendrían que completar los apartados 1, 2, 3A (debe acompañar fotocopia de DNI) y 4 de dicha solicitud, sin perjuicio de que una vez presentada puedan ser requeridos para completar otros extremos. (NOTA: deben cumplimentar el nº de NICA, que es el número de identificación del centro, que consta en la autorización que tenga concedida)
Aun así, sería recomendable que también completaran los anexos que adjuntan dicha solicitud, puesto que se trata de comprobar que las condiciones que motivaron su primera concesión no se han alterado de modo sustancial a día de la fecha.
( NOTA: Si se hubiese producido algún tipo de cambio de titular, variación en la oferta asistencial, incorporación de nuevos profesionales o cambios estructurales del inmueble, habría que proceder a solicitar la modificación de la autorización, en vez de la renovación, teniendo tal autorización de modificación una vigencia de 5 años).
Además es muy importante resaltar que la declaración responsable de que el centro cumple con los requisitos exigibles en la normativa vigente (apartado 4) se haga, y efectivamente se cumpla, principalmente en materia de protección de datos, residuos sanitarios, etc.
Por último les informamos que en el momento de presentación de la solicitud ha de pagar la tasa correspondiente conforme al impreso 046 facilitado por la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía (puede descargarlo en la página de la Consejería) e ingresarlo en el banco más próximo (le indicarán la tasa que debe pagar en Salud).
Deben dar entrada a su solicitud (con el correspondiente sello de registro) en
Consejería de Salud. Delegación de Málaga
C/Córdoba 4 29001 Málaga
Tel. 951039800 fax.951039930