Asesoría Fiscal

Tributación de las ayudas del Plan PIVE

  • 15.05.2015

La Asesoría Fiscal del Colegio de Médicos informa que la Administración de Hacienda está remitiendo cartas informativas a aquellos contribuyentes que han recibido ayudas públicas de hasta 1.000 €, por parte del Ministerio de Industria y  Energía, por la compra de un vehículo nuevo.

Es preciso recordar que esta ayuda constituye una ganancia de patrimonio a integrar en la Base Imponible General y por lo tanto sujeta a tributación en el ejercicio en que se percibe la ayuda pública y se adquiere el vehículo.

Normalmente, en los Borradores fiscales no aparece esta información, no obstante, es obligatorio incluir esta ayuda en la declaración de IRPF como una ganancia de patrimonio.

En aquellos casos en que la ayuda se hubiese recibido en alguno de los ejercicios no prescritos y, no se hubiese declarado, procede realizar una declaración complementaria. En estos casos, la regularización voluntaria no conlleva sanción, pero sí una liquidación de intereses y  un recargo del 20% si la declaración complementaria se presenta una vez transcurrido más de doce meses desde que finalizó el plazo en que hubo de ser declarada dicha ayuda.

Más información:

Para cualquier duda, la Gestoría, Asesoría Fiscal y Contable del Colegio de Médicos se encuentra en las instalaciones del Colegio (Curtidores, 1) los martes y jueves de 17.00 a 20.00 horas. El resto de días en horario de 9.00 a 14.00 y de 17.00 a 20.00 en el teléfono 951 019 412 o por correo electrónico: asesoriafiscal@commalaga.com

 

 

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