Política de compliance penal del Ilustre Colegio Oficial de Médicos
de la Provincia de Málaga
¿Qué es Compliance Penal?
En el año 2010 tras la reforma del Código Penal, se introdujo la responsabilidad de la persona jurídica. Actualmente queda regulada la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los artículos 31 bis a quarter de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Bajo la siguiente redacción ampliatoria de la anterior.
Desde el Commálaga, contamos con un programa de cumplimiento penal desde el año 2017, que ha sido actualizado, periódicamente, siendo su última actualización en el año 2024. Nuestro compromiso con la ética y el cumplimiento penal está consolidado en nuestros valores, y nuestra forma de actuar. Puedes comunicarte con nosotros en la siguiente dirección de correo electrónico: compliance@commalaga.com
Para conseguir nuestro objetivo contamos con políticas, procedimientos y controles. Te invitamos a conocerlos, a continuación.
¿Con qué políticas y procedimiento cuenta el Commálaga?
El objetivo de nuestro programa de Compliance penal no es una obligación para cumplir con la ley, es una herramienta clave para fortalecer nuestros valores éticos.
Mapa de riesgos penales
Desde el Commálaga se han identificación los riesgos penales específicos a los que el colegio está expuesto según su actividad con el fin de poder identificar, evaluar y gestionar los riesgos relacionados con la posible comisión de delitos Este mapa es una herramienta clave dentro del programa de compliance penal
Código de conducta
El presente Código de Conducta recoge el catálogo de normas de conducta que han de regir la actuación de todos los empleados de aplicación para el Commálaga.
El Código se aplica a la junta de gobierno, a la alta dirección y a todos los empleados de Commálaga, incluyendo personal en prácticas y becarios.
También se aplica a colaboradores y cualquier personal externo. Esto abarca a quienes presten servicios a través de contratos, Empresas de Trabajo Temporal o cualquier otra modalidad, y que, en algún momento, puedan actuar en representación de la empresa ante terceros o en el mercado.
En determinadas materias específicas que precisan de una regulación detallada las normas de este Código se complementan con las que figuran en otros códigos y manuales de COMMÁLAGA, así como las notas y circulares que desarrollan puntos concretos de dichos códigos y manuales. Las Personas Sujetas del Código tienen la obligación de conocer y cumplir el Código de Conducta y de colaborar para facilitar su implantación en el Commálaga , incluyendo la comunicación al Comité de Compliance de cualquier infracción que llegue al conocimiento de las mismas.
Manual de sistema de gestión Compliance
El Manual de Compliance es un sistema de control que previene la comisión de delitos, dando cumplimiento a lo que dispone la normativa según la cual la adopción de un modelo de organización, prevención, gestión y control de riesgos penales.
Política de Compliance penal
¿Quieres conocer el comité de Compliance del Commálaga?
COMMÁLAGA, cuenta con un comité de Compliance cuyos nombramientos han sido actualizados al año 2024, siendo aprobados sus nombramientos por la Junta de Gobierno teniendo en cuenta los siguientes valores y características.
- Independencia, Objetividad y imparcialidad.
- Conocimiento y Experiencia
- Variedad de perfiles que aporten distintas perspectivas y habilidades complementarias.
- Autoridad y con capacidad de Toma de Decisiones.
Si quieres comunicarte con nosotros no dudes en hacerlo a través de la siguiente dirección de correo electrónico: compliance@commalaga.com o si deseas poner en conocimiento del mismo cualquier infracción relacionada con la Ley 2/2023 a través del canal interno de información.
El comité de Compliance actúa como responsable del canal interno de información.
¿Contamos con un canal interno de información?
El Commálaga cuenta con un canal interno de información (canal de denuncias) adaptado a la Ley 2/2023.
El canal te permite reportar cualquier actuación que suponga una efectiva limitación de los derechos y garantías previstos en la Ley 2/2023. Si presentas una comunicación, incluso aunque no sea de manera anónima, debes conocer que queda preservada tu identidad, que no puede ser comunicada a terceros, y garantizada la confidencialidad de los datos correspondientes a las personas afectadas y a cualquier tercero que se mencione en la información suministrada. Las revelaciones que deban hacerse quedan sujetas a salvaguardas establecidas en la normativa aplicable.