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Nuevo sistema de facturación de Hacienda: así debes proceder
El Colegio de Médicos de Málaga (Commálaga) informa de la nueva normativa de la Agencia Tributaria que obliga a confeccionar las facturas a través de un Sistema Informático de Facturación, que afecta principalmente a los profesionales de la medicina que ejercen la medicina privada.
El Commálaga informa de la obligación de confeccionar las facturas a través de un Sistema Informático de Facturación que la Agencia Tributaria (AEAT) pone a disposición de los contribuyentes a partir de 2026. Se trata de una aplicación para realizar las facturas en la propia página web de la AEAT. Desde Asesoría Fiscal Sánchez, con la que el Colegio tiene un convenio de colaboración, ya están recibiendo consultas de colegiados sobre este asunto (al final facilitamos su contacto).
Con respecto a la nueva obligación que se imponen a las empresas sobre el sistema informático de facturación, Asesoría Fiscal Sánchez detalla los puntos clave para poder cumplir esta nueva obligación:
1º En primer lugar, deben saber si están obligados a entrar en ese sistema o no.
La obligación nace si la empresa tiene un SISTEMA DE FACTURACION INFORMATIZADA: que tenga un programa que además de emitir facturas, emita informes de ventas, libros de IVA, etc. Si es así, ESTÁN OBLIGADOS A ENTRAR EN ESTE TIPO DE FACTURACION.
Por lo que los contribuyentes que ya usen un SIF, tienen que verificar con su proveedor para adaptarlo a la nueva normativa o bien adquirirlo a una empresa informática.
2º Una vez comprobado que la empresa está obligada, se analiza el tipo de facturación electrónica que se puede elegir: VERIFACTU O NO VERIFACTU (una vez elegida no se puede cambiar el sistema):
- VERIFACTU que remite a la AEAT de forma automática los registros de facturación.
- NO VERIFACTU no realizan la remisión y el SIF tiene que asegurar que sus registros permanecen inalterados.
Elegir una de estas dos modalidades es voluntario para los contribuyentes.
- La AEAT permite a profesionales y pequeños empresarios, emitir las facturas utilizando la aplicación informática gratuita que la AEAT tiene a su disposición en su Sede Electrónica. En este caso, la modalidad será VERIFACTU.
- LA AEAT ha informado a través de su página web que no estarán obligados a esta adaptación, los contribuyentes que realicen las facturas, utilizando una hoja de cálculo (excel) o procesador de textos (word), siempre que no se utilicen Macros, procesen la información, generen Libros de facturas de emitidas o contabilidad. Por lo que estos contribuyentes que emiten sus facturas en excel o word, podrán seguir haciéndolo
En ambos casos, las facturas emitidas no se pueden modificar; si hay errores o modificaciones se haría mediante facturas rectificativas.
3º ¿Cuándo comienza la obligatoriedad?
- 1 de enero de 2026: las sociedades.
- 1 de julio de 2026: las personas físicas.
4 º La legislación sobre emisión de facturas sigue siendo la misma, sólo que se emiten en formato facturación electrónica. Para ello, los proveedores de programas de facturación deben estar acreditados y certificar que su programa de facturación está conforme a la nueva ley.
Enlaces de interés
Es importante que los colegiados afectados contacten con sus informáticos para que les implementen este nuevo sistema. Más información del sistema informático aquí.
Para más información, la AEAT explica de forma básica en un folleto informativo que se puede consultar aquí.
Contacto Asesoría Fiscal Sánchez
Rocío Sánchez: teléfono 639685201 | Correo electrónico: rocio.sanchez@asesoriasanchez.es